Orden PRE/13/2011
Descripción:
Orden PRE/13/2011, de 24 de marzo, por la que se regulan la convocatoria y el régimen jurídico de las ayudas a corporaciones locales para salvamento y seguridad de vidas humanas en las playas de Cantabria durante el año 2011.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 63
Fecha BOC: 31/03/2011
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Fecha inicio plazo presentación:
01/04/2011
Fecha finalización plazo presentación:
18/04/2011
Beneficiarios:
Tendrán la condición de beneficiarias las Corporaciones Locales del litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria que vayan a realizar las actividades descritas en el artículo 1 de esta Orden, y que no incurran en ninguna de las causas previstas en el artículo 12.2, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Instancia debidamente fechada y firmada.
b) Certificación expedida por el Secretario Municipal comprensiva del Acuerdo del Pleno o, en su caso, órgano competente de la Corporación, en el que se haga constar:
- El compromiso de llevar a cabo la prestación de servicios de salvamento y seguridad de vidas humanas en las playas del municipio que reúna como mínimo las condiciones y características que se citan en el Anexo II, III y IV de esta Orden.
- Cuantía del presupuesto del Ayuntamiento para el año 2011.
c) Memoria descriptiva de los servicios que se pretenden realizar y para los que se solicita la subvención, así como presupuesto desglosado del coste de la actividad con indicación de medios materiales y personales.
d) Certificación expedida por el Interventor o Secretario-Interventor Municipal comprensiva de la aplicación presupuestaria y el importe del crédito disponible consignado en los presupuestos de la Corporación para la prestación de servicios de Salvamento y Seguridad de Vidas Humanas en el Municipio. También podrá admitirse certificación expedida por el Interventor o Secretario-Interventor Municipal relativa a la tramitación de expediente de transferencia de crédito que tenga como finalidad la creación de una partida presupuestaría destinada al objeto de esta subvención, debiendo indicar el importe que se va a consignar.
e) Certificación expedida por el Secretario Municipal relativa a otras subvenciones solicitadas, que incluyan las ayudas concedidas y si se ha procedido a justificar las mismas, en relación con la prestación de servicios de Salvamento y Seguridad de Vidas Humanas en las Playas.
f) Acreditación o declaración responsable del Secretario Municipal de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En caso de que la citada acreditación no acompañara a la solicitud, la presentación de ésta conllevará la autorización a la Dirección General de Protección Civil para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social.
g) Póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor, suscrita por el Ayuntamiento con compañía aseguradora, y recibo acreditativo del pago de la prima correspondiente.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro General del Gobierno de Cantabria (calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander), bien directamente o por cualesquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL DE INTERIOR
C/ Peña Herbosa, 29 - 39003 Santander
Teléfono: 942 20 72 79