Orden PRE/20/2013
Descripción:
Orden PRE/20/2013, de 29 de mayo, por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de las ayudas a Corporaciones Locales para vigilancia, rescate y salvamento en las playas de Cantabria durante el año 2013.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: EXT. Núm. 23
Fecha BOC: 31/05/2013
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Fecha inicio plazo presentación:
01/06/2013
Fecha finalización plazo presentación:
18/06/2013
Beneficiarios:
Tendrán la condición de beneficiarias las Corporaciones Locales del litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria que vayan a prestar servicios de vigilancia, rescate y salvamento en las Playas del Litoral Cántabro.
Documentación a adjuntar:
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
- Instancia debidamente fechada y firmada.
- Certificación expedida por el Secretario Municipal acreditativa del Acuerdo del Pleno o, en su caso, órgano competente de la Corporación, en el que se haga constar:
- Aprobación de la solicitud de subvención.
- El compromiso de disposición de medios para la prestación del servicio de salvamento y seguridad en las playas del municipio, indicando el número de socorristas, número de embarcaciones tipo C, número de motos náuticas y ambulancias a pie de playa, con el personal asociado a dichos vehículos, debiendo reunir como mínimo las condiciones y características que se citan en los Anexos II, III y IV de esta Orden.
- Cuantía del presupuesto que la Corporación Local va a disponer para el personal y los vehículos comprometidos según el punto anterior para el año 2013.
- Memoria descriptiva de los servicios que se pretenden realizar y para los que se solicita la subvención, así como presupuesto desglosado del coste de la actividad con indicación de medios materiales y personales, si fueran distintos a los establecidos en el compromiso del apartado b).
- Certificación expedida por el Interventor o Secretario-Interventor Municipal comprensiva de la aplicación presupuestaria y el importe del crédito disponible consignado en los presupuestos de la Corporación para la prestación de servicios de Salvamento y Seguridad de Vidas Humanas en el Municipio.
También podrá admitirse certificación expedida por el Interventor o Secretario-Interventor Municipal relativa a la tramitación de expediente de transferencia de crédito que tenga como finalidad la creación de una partida presupuestaría destinada al objeto de esta subvención, debiendo indicar el importe que se va a consignar. - Certificación expedida por el Secretario Municipal relativa a otras subvenciones solicitadas para el mismo ejercicio presupuestario, que incluyan las ayudas concedidas y si se ha procedido a justificar las mismas, en relación con la prestación de servicios de Salvamento y Seguridad de Vidas Humanas en las Playas.
- Acreditación o declaración responsable del Secretario Municipal de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En caso de que la citada acreditación no acompañara a la solicitud, la presentación de ésta conllevará la autorización a la Dirección General de Protección Civil para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor que cubra las eventuales responsabilidades que se pudieran derivar con motivo de la actividad de prestación del servicio de vigilancia, rescate y salvamento, suscrita por la Corporación Local con compañía aseguradora, y recibo acreditativo del pago de la prima correspondiente.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro General del Gobierno de Cantabria o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL DE INTERIOR
C/ Peña Herbosa, 29 - 39003 Santander
Teléfono: 942 20 72 79