Autorización de autocontratación de patronos.
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Secretaría General Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Descripción:
Controlar que no exista remuneración encubierta por el ejercicio del cargo de patrono.
Tipo de Inicio:
Interesado
Documentación:
- Copia de documento en que se pretende formalizar el negocio jurídico entre el patrono y la fundación.- Certificación del acuerdo del patronato, incluyendo el coste máximo total que supondrá para la fundación.- Memoria explicativa de las circunstancias concurrentes, incluyendo ventajas para la fundación del negocio con el patrono.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
02 de junio del 2009
Lugar presentación :
Los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Protectorado de Fundaciones / Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Decreto 118/1996, de 26 de noviembre por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas y el Decreto 26/1997, de 11 de abril, por el que se crea y regula el Protectorado y Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificado por el Decreto 33/1998, de 6 de abril.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Secretario/a General de Presidencia y Justicia / Decreto 118/1996, por el que se regula el ejercicio de las Competencias transferidas. Decreto 26 /1997, de 11 de abril, por el que se crea y regula el protectorado y registro de fundaciones
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorios.
Via administrativa:
No agota la vía administrativa
Recursos:
Recurso de alzada / 1mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo / Consejero de Presidencia y Justicia.
Normativa:
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (BOE 310, de 27 de diciembre de 2002). Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal (BOE 279, de 22 de noviembre de 2005).Decreto 26/1997, de 11 de abril, por el que se crea y regula el Protectorado y el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 78, de 18 de abril de 1997). Decreto 33/1998, de 6 de abril, por el que se modifica el 26/1997, de 11 de abril (BOC 78, de 20 de abril de 1998).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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