Autorización para la realización de apuestas internas en recintos deportivos y feriales.
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Dirección General Interior
Descripción:
Autorizar la práctica de las apuestas en los mismos recintos o instalaciones deportivas y feriales en los que se celebren los acontecimientos deportivos.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
La organización de estas apuestas debe ser siempre por persona inscrita en el Registro de Juego y autorizada para la explotación de las apuestas.
Documentación:
a) Contrato o convenio suscrito por la empresa de apuestas autorizada con el titular del recinto o instalación deportiva u organizador de la actividad ferial consintiendo la realización de apuestas. b) Licencia municipal que legalmente proceda obtener. c) Plano a escala 1/100, firmado por técnico competente, del recinto, indicando la ubicación de la zona de apuestas y de todos los demás elementos necesarios para la práctica de las apuestas. d) Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Todo el año.
Fecha:
14 de agosto del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Juego y Espectáculos / Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia / Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada / 1 mes si el acto fuera expreso y 3 meses si no lo fuera. / Consejero/a de Presidencia y Justicia.
Normativa:
Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, del Juego. Decreto 44/1997, de 29 de mayo, que regula el registro de Juego de Cantabria. Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
Anexos:
3779025