Homologación e informe de Planes de Protección Civil por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Dirección General Interior
Descripción:
Tramitar los planes territoriales, especiales y de autoprotección para homologación o informe por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria: Informar el Plan Territorial de Protección Civil de Cantabria y Planes Especiales. Homologar los planes territoriales de protección civil de ámbito municipal y supramunicipal. Emitir informe de homologación vinculante de los planes de autoprotección.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Otros
Requisitos:
Elaboración por las entidades u organismos competentes. En el caso de los planes municipales, aprobación por el pleno. Los planes de autoprotección deben recoger la identificación y firma, tanto del técnico encargado de la redacción del plan como del titular de la actividad o de la persona que lo represente, si es una persona jurídica.
Documentación:
Copia del texto del plan; en el caso de los planes de autoprotección, copia por duplicado.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Cantabria/ Ley de Cantabria 1/2007, de 1 de marzo, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria. Decreto 137/2005, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria. /Ley 1/2007, de 1 de marzo, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria. Decreto 24/2015, de 23 de abril, por el que se regula el procedimiento de Control Administrativo y Registro de los Planes de Autoprotección. Decreto 58/2013, de 10 de octubre, por el que se establece la composición, organización y régimen de funcionamiento de la Comisión de Protección Civil de Cantabria.
Plazo de resolución:
Planes territoriales y especiales: dos meses. Planes de autoprotección: tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorio.
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si el acto fuera expreso y 3 meses si no lo fuera / Consejo de Gobierno.
Normativa:
Ley de Cantabria 1/2007, de 1 de marzo, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil. Decreto 137/2005, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Decreto 24/2015, de 23 de abril, por el que se regula el procedimiento de Control Administrativo y Registro de los Planes de Autoprotección.
Información al ciudadano:
Este procedimiento también puede iniciarse de oficio.Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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