Revocación de la autorización para la explotación de apuestas.
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Dirección General Interior
Descripción:
Revocar la autorización para la explotación de las apuestas.
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo procedimiento:
Otros
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
a) Por disolución de la empresa titular de la autorización. b) Por cese definitivo de la actividad objeto de la autorización o la falta de su ejercicio ininterrumpido durante al menos un año. c) Cuando concurra alguna de las causas de inhabilitación establecidas en el artículo 7 de la Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego. d) Cuando se imponga como sanción en el correspondiente procedimiento sancionador incoado por infracciones a lo dispuesto en la Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego. e) Cuando se incumplan las obligaciones tributarias en materia de juego de la Comunidad de Cantabria. f) Por la falta o incumplimiento de la obligación de reposición o mantenimiento de las fianzas, en los plazos y cuantia establecidos.
Documentación:
No cumplimentado
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
14 de agosto del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Juego y Espectáculos / Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia / Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada / 1 mes si el acto fuera expreso y 3 meses si no lo fuera. / Consejero/a de Presidencia y Justicia.
Normativa:
Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, del Juego. Decreto 44/1997, de 29 de mayo, que regula el registro de Juego de Cantabria. Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
El procedimiento también puede iniciarse de oficio. Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
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