Inscripción de Federación de asociaciones en el Registro.
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Secretaría General Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Descripción:
Inscripción de Federación de Asociaciones en el Registro, para su constancia y publicidad.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Registros y censos
Requisitos:
Solicitud de inscripción de una Federación en el registro de asociaciones, adjuntando la correspondiente documentación.
Documentación:
A) 2 ejemplares de Estatutos, firmados en todas sus hojas por el presidente y el Secretario, y al final por todos los promotores. B).- 2 ejemplares del Acta Fundacional, firmada por todos los socios promotores. C).- Certificado del Acuerdo de cada una de las asociaciones promotoras, de constituir la Federación y nombramiento de representante. D).- Fotocopias de los D.N.I. de los representantes de las asociaciones promotoras.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Registro de asociaciones / Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación .Orden de 10 de julio de 1965 por los que se regula el funcionamiento de los Registros de Asociaciones. Real Decreto 1388/1996 de 7 de junio, sobre traspaso en materia de Asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia. / Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación. Orden de 10 de julio de 1965 por los que se regula el funcionamiento de los Registros de Asociaciones. Real Decreto 1388/1996 de 7 de junio, sobre traspaso en materia de Asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorio.
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo/ Consejero/a de Presidencia y Justicia.
Normativa:
Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación. Real Decreto 1388/1996, de 7 de junio, sobre traspaso en materia de Asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria. Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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