Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas a financiar sus gastos corrientes
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Director General de Administración Local, Acción Exterior y Casas de Cantab
Descripción:
Orden PRE/31/2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas a financiar sus gastos corrientes
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Bases de ayudas, becas y subvenciones
Tipo de destinatario:
Administración
Impresos:
Modelo oficial que se establezca en cada convocatoria
Requisitos:
Podrán acogerse a estas ayudas las mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria. No podrán obtener la condición de beneficiario las mancomunidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentación:
A especificar en cada convocatoria. Se deberá acreditar ante la Dirección General de Administración Local que se han realizado las actuaciones o gastos que fundamentan la concesión de la subvención en la forma, condiciones y plazo establecidos en cada convocatoria. No será precisa la aportación de las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social cuando el solicitante haya manifestado expresamente su autorización para que sus datos sean recabados por el órgano gestor.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
El plazo de presentación de solicitudes y documentación correspondiente será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Fecha:
02 de mayo del 2019
Lugar presentación :
La que se establezca en la orden de convocatoria
Órgano instructor / Norma atributiva:
Será competente para la ordenación e instrucción del procedimiento respecto a las convocatorias que se realicen al amparo de estas bases reguladoras, la persona titular de la Dirección General de Administración Local / Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Será competente para dictar las resoluciones que procedan la persona titular de la Consejería de Presidencia y Justicia o, en su caso, el Consejo de Gobierno, dentro de los límites legales establecidos en el artículo 9 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. / Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
Plazo de resolución:
6 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Normativa:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones // Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones // Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
7446932